¿A quién compete asegurar la educación de la ciudadanía? Para unos claramente es una obligación del Estado (no interesa aquí en qué Estado concreto prefiera vivir cada cual), que debe proveer los medios materiales y humanos y organizarlos de forma que satisfaga esta necesidad en todos y cada uno de los rincones y a todas y cada una de las personas, sin excepción. Es la garantía de una sociedad cohesionada y justa. Para otros, en cambio, la función de la educación debe residir sin duda en la sociedad, que, aunque con la ayuda económica del Estado, debe organizarse y ofrecer en las corporaciones que libremente se constituyan la pluralidad de opciones que permitan que la ciudadanía opte por un modelo u otro según sus convicciones. Aquí tenemos, en síntesis, planteado el conflicto entre lo público y lo privado, entre el derecho universal a una educación de calidad y el derecho a la libertad de enseñanza, ambos reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
La primera posición, llevada al paroxismo, conduce a negar en la práctica la libertad de enseñanza, proponiendo un monopolio estatal entendido como red de centros públicos de calidad, lo suficientemente amplia que permita que encontremos uno cerca de nuestro domicilio. Para la segunda concepción, entendida también en el extremo de sí misma, hay que dejar el libre juego de la iniciativa social, estimulando la competición entre centros, que luego la demanda social hará su trabajo y pondrá en su lugar cada una de las opciones propuestas, según las preferencias manifestadas por los usuarios del servicio.
¿Hay algo entre el Estado y el Mercado? Yo creo que debe haberlo y hay que abrirle su espacio. Personalmente creo que se llama Comunidad o Ciudadanía o… cualquier otra forma que pueda parecer más afortunada. Por eso planteo alejarme del uniformismo y la burocracia del Estado y también del propietarismo privado, que hace de la educación una mercancía. Esto nos lleva a concebir la educación como bien común. Como dice Marina Garcés: “…aquello que consideramos que es parte de nuestra vida en común no son productos que nos ofrece el Estado sino nuestras propias conquistas. Nuestros bienes comunes.” Siguiendo a la filósofa, hemos creado una cultura delegativa y clientelar “porque nos convertimos en clientes de aquellos a los que hemos delegado decisiones y posiciones.” Y esto nada tiene que ver con la educación ciudadana o comunitaria, construida como tarea colectiva y no solo de expertos, por cierto.
Entender la educación así nos fuerza a concebir la educación pública como un conjunto de instituciones libres y emancipadas, nos obliga a pensar creativamente en nuevas formas de titularidad, más allá de la dicotomía público-privado. Como defendía Giner de los Ríos, el pluralismo educativo no debe provenir tanto de crear nuevos establecimientos educativos, con opciones diferentes, sino en emancipar los establecimientos públicos que existen. Esta es la verdadera descentralización a la que debe llegarse.
Las ikastolas, pese al carácter participativo de sus cooperativas, se han convertido en una opción más -privada- que caracteriza el pluralismo educativo intercentros. Sin embargo, el colectivo de las ikastolas propuso interesantes reflexiones sobre nuevas fórmulas de titularidad en los tiempos previos a la aprobación de la Ley de la Escuela Pública Vasca, cuando se buscaba definir un modelo público vasco en la enseñanza. Proponían una escuela de titularidad compartida entre familias, profesorado y Administración, en definitiva, una responsabilidad compartida y jurídicamente reconocida entre la Administración Pública y la comunidad escolar. En la II Segunda Asamblea Nacional de ikastolas, celebrada en Iruñea en 1992, propusieron definir a los centros de la EPV como corporaciones administrativas de derecho público con personalidad jurídica propia.
Necesitaríamos ayuda de expertos jurídicos para ver qué encaje y virtualidades podrían tener aquellas u otras propuestas. Aquí no me interesa profundizar y decantarme por una u otra fórmula, sino plantear que el debate sobre nuevas formas de titularidad que recojan mejor la participación comunitaria es posible y necesario y también que fuera de nuestras fronteras existen formas concretas de institucionalizar esas titularidades que convendría conocer y examinar su viabilidad.
Si a alguien le parece que esto está fuera de “nuestra zona de desarrollo próximo”, le diré que existen políticas necesarias que nos pueden permitir preparar y arribar a esos nuevos escenarios. Una de ellas es el impulso de la autonomía de los centros públicos. La Ley de la Escuela Pública Vasca en su artículo 5.d insta a los poderes públicos a “la creación de un marco jurídico que posibilite la realización de un principio efectivo de autonomía de los centros.” ¿Para cuándo?
Oso testu interesgarria, Gonzalo!!!
Me gustaMe gusta
Eskerrik asko, Aritz.
Me gustaMe gusta
Pingback: Una bicicleta para que se mueva la educación vasca |